Iniciativa para la subcontratación

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Modificaciones y sanciones para las empresas que no cumplan con la nueva propuesta de la iniciativa para la subcontratación

Subcontratación, reclutamiento y selección de personal

Iniciativa para la subcontratación. La nueva propuesta que fue presentada por el presidente Andrés Manuel Lopéz Obrador, buscará eliminar de raíz el “problema” de la subcontratación y estas fueron las modificaciones y sanciones que se aplicarán a las empresas que no cumplan con ello. 

Esta reforma integral que permita contar los tentáculos a la subcontratación y armonizar las diferentes leyes para que no existan huecos que permitan estas simulaciones, fue lo que expresó Luisa María, titular de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social. 

¿Cuáles son los ajustes?

Esta propuesta tiene tres regulaciones en beneficio a los trabajadores:

•Subcontratación de personal: El proceso consiste en que una persona física o moral proporcione trabajos propios en beneficios de otra institución será prohibido, es decir, no podrá haber empresas que simulan relaciones laborales y que cuenten con trabajadores contratados por otro. 

•Servicios especializados y obras especializadas: Se permitirá y regularizara servicios especializados, que no formen parte del objeto social ni actividad económica de la beneficiaria de los mismos, debe contar con autorización por parte de la STPS y formar parte de un padrón público para cualquier ciudadano. 

•Agencia de colocación: Se podrá invertir en procesos de reclutamiento y selección pero en ningún caso el intermediario se considerará patrón ni podrá contratar en sustitución. 

La secretaria de trabajo dio a conocer que las sanciones para las empresas que no cumplan las recientes modificaciones las cuales son: 

•Sanciones severas

• Se procederá en el delito de defraudación fiscal 

•No podrán deducir impuesto

•Multas especializadas 

En la iniciativa para la subcontratación de la propuesta, instituyen las formalidades y requisitos que cualquier persona física y moral debe cumplir para poder contratar la prestación de servicios especializados.

Por ejemplo, la formalización de un contrato en el que se señale el objeto de servicios a proporcionar y el número de trabajadores que participaran para dar cumplimiento del mismo, estos requisitos se establecen en el Artículo 14 de la Ley Federal de Trabajo. 

Este artículo contempla la creación de un padrón de prestadoras de servicios especializados con el que se construirá un acervo vigente, estadístico y de control que permitirá identificar y regular a las empresas.

Además se propone en el Artículo 12 de la Ley, la definición de intermediarios como la persona física o moral que interviene en la contratación de personal para que preste servicios a un patrón.   

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